Expulsado de territorio español un extranjero nacional belga por violencia de género


Muy interesante la Sentencia del Tribunal Supremo nº 747/2019, de 3 de junio (Rec. 6068/2018), que expulsa a un residente legal comunitario en España por ser autor de unos delitos de violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato familiar; al constituir una amenaza real, actual y suficientemente grave para el orden público y la seguridad pública.


De las penas por las que fue condenado, una fue suspendida y las otras consistían en multas, por lo que la entereza o gravedad de las mismas, a juicio de quien suscribe este artículo, no era elevada.

Del mismo modo, el ciudadano belga acreditaba tener una alto arraigo con el territorio nacional, habiendo residido durante 10 años continuados en el mismo y siendo padre de una menor española.
abogado residencia vitoria

Debe recordarse que recientemente se incluyo la posibilidad de expulsar de territorio nacional a ciudadanos europeos residente legales en España si existen motivos graves de orden público o seguridad pública.

Recoge el Tribunal:


«… la expulsión no supone ningún sacrificio ilegítimo ni desproporcionado al principio de protección a la familia, toda vez que se trata de delitos cometidos en el ámbito familiar (Violencia doméstica y de género. Lesiones y maltrato familiar. Violencia doméstica y de género. Lesiones y maltrato familiar y violencia en el ámbito familiar. Injurias o vejaciones).



… … …



…tampoco puede prosperar la alegación de la parte que minusvalora la entidad de las condenas que le han sido impuestas, pues, como se recoge en las sentencias del TJUE, la pena impuesta constituye un factor más de los que han de tomarse en consideración en su valoración por el Juez nacional, que es lo que ha sucedido en este caso, en el que, tanto la Juez de instancia como la Sala de apelación, valoran el alcance de los delitos cometidos, el bien jurídico lesionado que se recoge en las sentencias condenatorias y que es objeto de especial protección por el ordenamiento jurídico español…



… … …




…[se] añade, a esta valoración de la trascendencia social y la gravedad de la actividad delictiva desarrollada por el recurrente, la reiteración en el tiempo, en relación con los mimos bienes jurídicos especialmente protegidos.».


Interesante y a tener en cuenta por residentes europeos y no europeos legales en España.


*Nota: La imagen aquí visualizada está libre de derechos o copyright y ha sido obtenida de pixabay.com.